Conoce qué puedes reclamarle a los taxistas
España ha vivido durante este mes de verano una auténtica locura con la huelga de los taxis. Varias ciudades, han observado cómo los taxis tomaban las calles y conseguían cortar el tráfico. Más allá de la polémica que suscitó esta huelga, en este artículo queremos destacar qué puedes reclamarle a los taxistas cuando eres usuario o usuaria de sus servicios. Si quieres conocerlos, este artículo será de tu interés.
¿Cuáles son los derechos que tiene el consumidor?
El Real Decreto 763/1979 —que reglamenta el transporte en automóviles ligeros— establece un marco nacional que cada autonomía (a través de sus áreas de Consumo) y cada ayuntamiento (con sus ordenanzas) amplían con disposiciones adicionales sobre derechos y deberes de los consumidores y de los taxistas. Cualquier incumplimiento de estos derechos puede ser notificado y denunciado por el usuario a los agentes municipales de su localidad.
En cuanto al trayecto, el usuario podrá exigir el itinerario que desee para llegar a su destino y en caso de que sea así, el conductor será quien elija el trayecto más directo. El taxista no podrá negarse a realizar un trayecto corto porque la bajada de bandera cubre dicha circunstancia.
En cuanto a la ayuda con el equipaje, el conductor deberá ayudar al usuario a cargar y descargarlo del maletero. Únicamente podrá negarse en caso de que el equipaje pueda conllevar daños para el vehículo. Asimismo, no se le podrá exigir una cantidad mayor por el hecho de llevarlo. Por otra parte, la bajada de bandera deberá ser visible en todo momento. El taxista debe mostrar sus tarifas y no podrá bajar la bandera hasta que el usuario le haya dicho su destino, excepto si el servicio es solicitado por teléfono, donde se bajará cuando el taxi inicie la marcha.
Para el pago con tarjeta, desde enero del año 2016, el cobro con tarjeta es obligatorio en Madrid. En Barcelona, los conductores deberán disponer de lector de tarjetas desde enero de 2017. Si ocurre un accidente, se deberá parar el contador o bien, cuando haya una avería. En caso de no poder reanudar la marcha, solo se cobrará al usuario el trayecto hasta ese momento, descontando la bajada de bandera.
Por otra parte, el taxista deberá contar con hojas de reclamaciones para el cliente y les servirá de garantía para tramitar una de ellas ante Consumo. Por este motivo, es conveniente demandar siempre un recibo al conductor, donde aparezca el número de licencia, el NIF, la matrícula, precio de la carrera, fecha y firma del taxista.
Se podrá elegir conductor por causa justificada, excepto si existen turnos por organización. La legislación exige que el usuario justifique en la parada la razón por la que selecciona uno u otro conductor: comodidad, aire acondicionado o limpieza.
Podrá elegir el modo de viajar
Los reglamentos autonómicos exigen que el coche esté limpio y el conductor sea aseado, pero además, el cliente puede pedir que no se fume o se apague la radio y la calefacción o aire acondicionado. Asimismo, en Barcelona y València, se podrá expresar en cualquier lengua oficial.
Por otro lado, para ayudar por falta de movilidad y transporte de niños, el usuario tiene derecho a ser ayudado en este primer caso. En el transporte de niño de menos de 3 años y menos de 1,50, el taxi estará obligado a cumplir la normativa de seguridad infantil y usar el sistema de sujeción homologado a la talla y peso. La silla, deberá ser facilitada por los padres del niño el taxista no se podrá negar a montarla. En cuanto a los perros lazarillos, estarán autorizados. Deberá permitir al viajero introducirlos, siempre que esté tendido a los pies del usuario en el asiento de atrás del coche. Además, no deberá aplicar una tarifa mayor por este hecho. En cuanto a mascotas, el taxista podrá negarse a trasladarlas por no ir en su trasportín.
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