¿Cuánto se lleva Hacienda por un premio en la Lotería de Navidad?
La Navidad está próxima y ya podemos observar cómo algunos establecimientos y calles españolas, empiezan a engalanarse con decoraciones típicas de estas fechas. Ilusión, regalos y familia son los ingredientes que hacen posible días como estos. Es la denominada magia de la Navidad y con ella, llega la posibilidad de obtener premios en la Lotería Nacional. Hablamos de El Gordo, que tiene lugar el día 22 de diciembre. ¿Alguna vez has pensado cuánto se lleva Hacienda si eres premiado o premiada? En este artículo lo descubrimos.
Una situación que cambió en 2013
Hace años, Hacienda no intervenía en los premio de esta festividad. Sin embargo, en el año 2012, el Ministerio de Economía y Hacienda, impulsó la ley 16/2012, por la que se someten a tributación, mediante un gravamen especial del 20%, las remuneraciones relativas a sorteos celebrados a partir del 1 de enero de 2013.
Según dicha ley, los premios de importe igual o inferior a 2.500 euros por décimo, no tendrán retención. El jugador, podrá cobrarlos en cualquier Administración de Loterías y Apuestas del Estado sin trámite y sin que Hacienda le quite parte de lo ganado. Sin embargo, si los premios son superiores a 2.500 euros, se tributan y deberán cobrarse en cualquier sucursal de las entidades financieras colaboradoras.
El jugador, no tiene por qué preocuparse por la forma de declarar dicho dinero, ya que la entidad pagadora le retendrá directamente el 20% perteneciente a Hacienda en el momento de hacer el pago y lo liquidará a la Agencia Tributaria en nombre de la persona ganadora.
Los premios no se tienen que incluir en el IRPF
Un aspecto importante, es que los premios no se incluyen en el IRPF, por lo que no se pagará más en la declaración ni se tienen en cuenta para establecer los mínimos en el momento de solicitar ayudas públicas.
El agraciado sí que deberá rendir cuentas a Hacienda en caso de que invierta parte o totalmente el premio y le genere rendimiento, como intereses bancarios o aumento de patrimonio. A modo de ejemplo, si una persona gana el 22 de diciembre y el premio le aumenta su patrimonio superando los 700.000 euros, sí que deberá declararlo en el impuesto de patrimonio.
La forma de retención de este tipo de premios, depende de si los afortunados son residentes o no en España. Si es residente, su única tributación a Hacienda será el 20% que la entidad pagadora le retendrá en el momento de cobrarlo. En caso de no ser residente, el boleto tributará un 20%, pero no será vía retención, sino que el cobrador rellenará un impreso en la entidad colaboradora.
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